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Las decisiones tomadas en esa asamblea N° 24, se comunica a los condóminos, mediante documento que emitió la administradora Martínez Reyes en fecha tres de abril del dos mil catorce, que se recibieron un total de siete cotizaciones, pero que el comité nombrado fue el que recomendó la cotización de la empresa que sirvió de base, para establecer el presupuesto de dieciocho millones quinientos sesenta mil colones por edificio. De conformidad con la Sentencia-188-2015 , se declaró CON LUGAR en proceso Sumario de Nulidad de Acuerdos y consecuentemente se declaró la nulidad de la Asamblea extraordinaria N° 24 de fecha treinta de marzo del dos mil catorce, realizada en el condominio. Posteriormente, los acuerdos tomados en la Asamblea no. 31, enviados en la nota del 16 de Octubre del 2016 por la administradora Gómez Ruiz, en donde indica que la proporcionalidad de cobros debe ser aprobada en una asamblea de condóminos y donde a la vez se definirá la contratación de servicios profesiona